Socios Honorarios

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Son aquellos socios que en atención a los servicios prestados a la asociación o a determinadas condiciones personales, sean designadas por la Comisión Directiva o por el apoyo mayoritario simple de la asamblea. La pertenencia a esta categoría es una mera mención honorífica y, por lo tanto, no implica reconocer derechos ni imponer obligaciones.