FOPEA / Libertad de Expresión / Casos registrados / Junio 2010 / El gobierno salteño deberá informar cómo distribuyó publicidad oficial


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AGENDA

08/06/12

Jornadas de Capacitación en Rawson

"La relación entre jueces y periodistas en Chubut".

Taller de cobertura periodística en temas judiciales

21/05/12

Conferencia en Buenos Aires

"La huella del pasado en las imágenes: La fotografía como testigo de la historia".

"Los fotógrafos bajo las balas: El trabajo de los reporteros gráficos durante la Guerra Civil Española"

17/05/12

Taller en Mar del Plata

"Herramientas digitales para periodistas"

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Alertas para la Libertad de Expresión ÚLTIMOS CASOS

29/12/11

Violentas agresiones a periodista y camarógrafo de Canal 7 de Mendoza

Fue mientras realizaban sus tareas periodísticas en una finca de la localidad de Los Corralitos, en el departamento mendocino de Guaymallén.

23/12/11

El Senado aprobó la ley antiterrorista y la ley que controla el papel de prensa

Podrían ser utilizadas contra la libertad de expresión

20/12/11

Reiteradas agresiones y amenazas a periodistas en La Mendieta, Jujuy

Provocados por seguidores del concejal electo Osvaldo Páez impedido de asumir por una causa penal en su contra


El gobierno salteño deberá informar cómo distribuyó publicidad oficial

De una campaña que promocionó un plan de viviendas

2 de junio de 2010

El juez de la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial, Marcelo Domínguez, ordenó a la Secretaría General de la Gobernación a que en el término de 20 días informe sobre la distribución de la publicidad del Poder Ejecutivo. Lo hizo así al resolver un amparo presentado por la diputada provincial por el departamento Capital Virginia Cornejo.

El magistrado emplazó al Ejecutivo a remitir informe sobre cuatro de los cinco puntos solicitados por la legisladora. De esta forma, en el plazo mencionado, la Secretaría General de la Gobernación deberá precisar “a) el monto invertido en la campaña publicitaria ‘2 años Haciendo Realidad la Esperanza’; b) detalle de los medios de comunicación (gráfica, televisión, radio y publicidad en la vía pública) que difundieron dicha campaña; c) monto percibido por cada uno de los medios que participaron en su difusión y d) copia del la resolución o instrumento legal que se haya dictado para autorizar los gastos e indicación del número de expediente respectivo”.

La legisladora invocó el decreto provincial 1574/02 sobre estándares mínimos de acceso a la información de la Administración Pública.

También recordó la posición de la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto que en una sociedad democrática es indispensable que las autoridades estatales se rijan por el principio de máxima divulgación, el cual establece la presunción de que toda información es accesible, advirtiendo que por la vigencia del artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos,.no se le puede negar brindarle la información solicitada a la amparista aún cuando esta fuera legisladora y como tal y por procedimiento parlamentario pudiera obtener dichas precisiones por esa vía.

"Estoy firmemente convencido que la libertad de pensamiento y de expresión, así como el derecho de acceder a la información, no puede serle negada a los legisladores por su calidad de tales”, sostuvo el Juez Domínguez. Fuente CIJ

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Acción de Fopea: Registró el caso


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