FOPEA / Libertad de Expresión / Casos registrados / Agosto 2010 / El municipio de La Plata debe restituir pauta oficial presuntamente quitada por motivos políticos


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29/12/11

Violentas agresiones a periodista y camarógrafo de Canal 7 de Mendoza

Fue mientras realizaban sus tareas periodísticas en una finca de la localidad de Los Corralitos, en el departamento mendocino de Guaymallén.

23/12/11

El Senado aprobó la ley antiterrorista y la ley que controla el papel de prensa

Podrían ser utilizadas contra la libertad de expresión

20/12/11

Reiteradas agresiones y amenazas a periodistas en La Mendieta, Jujuy

Provocados por seguidores del concejal electo Osvaldo Páez impedido de asumir por una causa penal en su contra


El municipio de La Plata debe restituir pauta oficial presuntamente quitada por motivos políticos

La justicia platense dio lugar a los recursos de amparo d el diario Hoy y de la radio Red 92

9 de agosto de 2010

Los jueces José Luis Bombelli y Francisco José Terrier, del tribunal de Familia N° 1 y del juzgado en lo Contencioso Administrativos N°3 de la ciudad de La Plata, capital de la provincia de Buenos Aires, hicieron lugar a sendas medidas cautelares presentadas por el diario Hoy y por la Red 92, a fin de que se les restituya la pauta que les fue cortada abruptamente en el año 2007. De este modo ordenaron a la Municipalidad de La Plataa restituir la pauta publicitaria al diario Hoy y a la radio Red 92 que fue retirada en 2007. Además, el fallo ordena a las autoridades a fijar criterios objetivos para la distribución de la pauta oficial y la elección de los medios de comunicación favorecidos.

En el fallo el Dr. Bombelli cuestionó la posición del Municipio platense por suspender la relación comercial sin mediar aviso y sin dar justificación alguna, lo cual coincidió con el cambio de gestión gubernamental. El Municipio de La Plata se escudó en las nominadas “facultades discrecionales de la administración”, es decir, la creencia de que la Comuna puede decidir libremente si va a efectuar publicidad o no, y para el caso de que decida llevarla a cabo, mediante qué medios y con base al criterio de selección que la propia administración determine. Este argumento fue desestimado por los magistrados. El fallo no sólo dictaminó que la Municipalidad deberá otorgarles publicidad oficial a los medios demandantes, sino que también deberá restituir la deuda que data 2007 y que nunca fue saldada por la administración comunal.

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